Establecen cupo laboral para personas trans en el Estado

El Gobierno nacional estableció en el ámbito del sector público nacional que los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción «no inferior al uno por ciento», por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias, y en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.

Así lo establece el Decreto 721/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de la ministra de Mujeres, Diversidad y Género, Elizabeth Gómez Alcorta.

La decisión -que apunta a lograr una «efectiva inclusión»- se tomó en virtud de «respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos».

Además, en los considerandos del decreto, se señala que «el ejercicio de los derechos de las personas travestis, transexuales y transgénero se ve obstaculizado por un patrón sistemático de desigualdad que afecta particularmente a este colectivo desde la niñez».

Sin discriminación

«El Estado Nacional, como garante de los derechos humanos, asumió el compromiso de propender a la eliminación de prácticas discriminatorias de cualquier naturaleza que entrañen la violación de derechos», indica a norma.

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